Conservatorio Superior de Música
de Murcia
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Pruebas de Acceso curso 2010-2011

Las pruebas tendrán lugar de acuerdo al siguiente calendario:

21 de junio
Prueba para mayores de 19 años sin el título de Bachiller

23 de junio y siguientes
Pruebas específicas para las distintas especialidades

Plazo de solicitudes:
del 24 de mayo
al 11 de junio

 

1. Condiciones para el acceso

2. Resumen de la Convocatoria para el curso 2010-2011

 

3. Condiciones para la matriculación y la permanencia en el centro

4. Otros procedimientos de acceso


 

 

1. Condiciones para el acceso

Para poder acceder al grado superior de las enseñanzas de Música quienes, es necesario:

  1. Estar en posesión del título de Bachiller de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.
  2. Haber superado una prueba especifica de acceso regulada por las Administraciones educativas en la que el aspirante demuestre los conocimientos y habilidades profesionales necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes.

La posesión del titulo profesional no es obligatoria, aunque será tenida en cuenta en la calificación final de la prueba.

Según determina el articulo 69.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los mayores de diecinueve años que no posean la titilación requerida podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de una prueba especifica, regulada y organizada por las Administraciones educativas, que acredite que el aspirante posee la madurez en relaci6n con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas.

Quienes en el momento de su inscripción en la prueba de acceso se encuentren realizando el último curso del bachillerato y/o del grado medio de música deberán presentar, en la Secretaría del Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littel" y antes del inicio de las pruebas de acceso, la acreditación oportuna. De no hacerlo así, deberán realizar, en lo que les corresponda, el ejercicio específico.

2. Resumen de la Convocatoria para el curso 2010-2011

El viernes 7 de mayo se ha hecho pública la Resolución 68/2010, de la Dirección General de Formaci6n Profesional y Educaci6n de Personas Adultas, por la que se regula provisionalmente, para la Región de Murcia, la prueba de acceso a los estudios superiores de Música, establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como la admisión del alumnado en el Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littell! para el ano académico 2010-2011.

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 Convocatoria de pruebas de acceso al grado superior de música para el curso 2010-2011.

Se convocan pruebas de acceso al grado superior de música en el Conservatorio Superior de Música Manuel Massotti Littel de Murcia, para el curso académico 2010-2011, en los estudios superiores de Música, establecidos en la Ley Orgánica 2/2006 (LOE).

Los alumnos que el curso 2000-2001 ya hubiesen iniciado estudios del grado medio con arreglo a los planes de estudios establecidos en el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, que superen la prueba de acceso convocada por esta Resolución podrán incorporarse a los cursos primero, segundo, tercero o cuarto del grado superior, según determine el correspondiente tribunal en función el nivel de competencia
.

Las pruebas de acceso se desarrollarán en dos convocatorias:

a) La primera convocatoria tendrá lugar a partir del 21de junio de 2010 y afectará a las siguientes especialidades:
Acordeón, Arpa, Canto, Clarinete, Clave, Clavicordio, Composición, Contrabajo, Dirección de Coro, Dirección de Orquesta, Fagot, Flauta de pico, Flauta travesera, Guitarra, Guitarra flamenca, Instrumentos de Púa, Musicología, Oboe, Órgano, Pedagogía del lenguaje y la educación musical, Percusión, Piano, Saxofón, Traverso, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba, Viola, Viola da gamba, Violín, Violonchelo.

En el caso de las especialidades de Arpa y Viola da gamba, cuyas enseñanzas no han llegado a impartirse desde que fueran autorizadas en la Orden de 12 de junio de 2001 (BORM de 22 de junio), su implantación efectiva estará condicionada a que exista un mínimo de cuatro alumnos que superen las correspondientes pruebas de acceso en el Conservatorio Superior de Música de Murcia.

b) La segunda convocatoria tendrá lugar a partir del 8 de septiembre de 2010 y afectará únicamente a las especialidades que mantengan plazas vacantes tras la resolución de la primera convocatoria.

 5. Las pruebas de acceso se celebrarán en el Conservatorio Superior de Música «Manuel Massotti Littel» (Paseo del Malecón, 9 – 30004 Murcia).

 6. La superación de las pruebas de acceso que aquí se convocan faculta únicamente para matricularse el curso académico 2010-2011, siempre que existan en el Conservatorio Superior de Música «Manuel Massotti Littel» plazas disponibles para la especialidad de que se trate.

 Requisitos de los candidatos.

Quienes deseen tomar parte en las pruebas de acceso al grado superior de música deberán cumplir
los dos requisitos siguientes:

  1. Estar en posesión del título de Bachiller (Ley Orgánica 1/1990), o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

  2. Haber superado una prueba especifica de acceso regulada por las Administraciones educativas en la que el aspirante demuestre los conocimientos y habilidades profesionales necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes. La posesión del titulo profesional será tenida en cuenta en la calificación final de la prueba..

Quienes no posean el título de Bachiller deberán concurrir, antes de realizar la prueba de acceso, al ejercicio específico correspondiente para mayores de 19 años.

Quienes en el momento de su inscripción en la prueba de acceso se encuentren realizando el último curso del bachillerato y/o del grado medio de música deberán presentar, en la Secretaría del Conservatorio Superior de Música Manuel Massotti Littel y antes del inicio de las pruebas de acceso, acreditación de que cumplen los requisitos exigidos, mediante las certificados correspondientes. De no hacerlo, deberán realizar, en lo que les corresponda, el ejercicio específico.

Todos los aspirantes deberán ir provistos de su documento nacional de identidad (original), que deberán de conservar durante el desarrollo de todas las pruebas a disposición del Tribunal.

Documentos a presentar

  1. Original y fotocopia, para su cotejo, del documento nacional de identidad, del pasaporte o de la tarjeta de residencia.

  2. Resguardo acreditativo de haber satisfecho las correspondientes tasas de inscripción en la prueba de acceso.

  3. Según proceda:
    i) Original y fotocopia, para su cotejo, del título de Bachiller, o del resguardo de haberlo solicitado.
    ii) Certificación de haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años emitida por la Universidad correspondiente.

  4. Quienes posean el título profesional de Música, deberán presentar la siguiente documentación:
    i) Original y fotocopia, para su cotejo, del título profesional de Música, o del resguardo de haberlo solicitado.
    ii) Certificación de nota media emitida por el conservatorio en que hubiera cursado las Enseñanzas Profesionales o el Grado Medio de Música.

Composición de Prueba especifica de acceso a los estudios superiores de Música

 

1. Las pruebas de acceso al grado superior de música constan de un único ejercicio que comprende las partes que, para cada especialidad, se determinan a continuación:

Puede ver una lista orientativa de obras seleccionando una especialidad en particular

ESPECIALIDADES INSTRUMENTALES
 
Interpretación (Modalidades instrumentales de Acordeón, Arpa, Clarinete, Canto, Clave, Clavicordio, Contrabajo, Fagot, Flauta de Pico, Flauta Travesera, Guitarra, Guitarra flamenca, Instrumentos de Púa, Oboe, Órgano, Percusión, Piano, Saxofón, Traverso barroco, Trombón, Trompa, Trompeta, Tuba y Bombardino, Viola, Viola de Gamba, Violín, Violonchelo.
  1. Interpretación en el instrumento de la modalidad de un programa de una duración aproximada de treinta minutos, integrado por obras y/o estudios de una dificultad apropiada a este nivel.

  2. Análisis de una obra 0 fragmento propuesto por el tribunal. En el caso de Guitarra Flamenca, reconocimiento de los elementos constituyentes de un genero característico, a partir de una audición seleccionada por el tribunal.

  3. c) Lectura a vista de una obra 0 fragmento musical, escrito para el instrumento de la modalidad 0, en el caso de Clave y 6rgano, realización de un continuo a partir de un bajo cifrado propuesto por el tribunal. EI ejercicio c) de la modalidad de Guitarra flamenca consistirá en el acompañamiento de un cante por bulerías, por solea 0 libre, y de un baile por solea 0 por alegrías, según determine el tribunal
     

  1. Para todas las especialidades, excepto Interpretación, la relación de obras a que se refiere el ejercicio a) deberá incluir al menos cuatro obras de diferentes épocas y estilos, pertenecientes a los estilos mas representativos de la Iiteratura del instrumento, libremente elegidos por el candidato. En el caso del Canto, la relación constara de un mínima de ocho obras. Se aceptara como obra un movimiento suelto de una obra de gran formato, pero dos o más movimientos de una misma obra no se consideraran como obras distintas. Se valorara la interpretación de memoria del repertorio.

  2. Es responsabilidad de los aspirantes procurarse los instrumentistas acompañantes que puedan necesitar para realizar la prueba de acceso.

  3. EI Conservatorio hará publica con antelación suficiente una relación orientativa de obras para cada uno de los instrumentos 0 voz, el contenido y características de realización de los ejercicios b), c) y d) así como los criterios de evaluación de todos los ejercicios.

  4. La superación de la prueba de acceso faculta únicamente para matricularse en el curso académico 2010-2011. La admisión de alumnos que hayan superado la prueba de acceso en otras comunidades autónomas quedara condicionada a la existencia de vacantes en el Conservatorio Superior de Música "Manuel Massotti Littel", de Murcia, tras haber admitido a quienes hayan superado las pruebas de acceso celebradas en dicho centro en las convocatorias de junio y septiembre de 2010.
     

Composición
Parte a) Interpretación en el instrumento principal durante aproximadamente quince minutos de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por el candidato.

Parte b) Presentación y defensa oral de obras y trabajos realizados por el candidato.

Parte c) Realización de un trabajo armónico-contrapuntístico.

Parte d) Lectura a vista de una obra o fragmento musical, escrito para piano, a propuesta del tribunal.
 

Dirección (Modalidades de Dirección de Orquesta y Dirección de Coro)
Parte a) Interpretación en el instrumento principal o voz, durante aproximadamente quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por el candidato.

Parte b) Realización de un trabajo armónico-contrapuntístico

Parte c). Prueba auditiva.

Parte d) Lectura a vista de una obra o fragmento musical, escrito para piano, propuesto por el tribunal.
 

Musicología
Parte a) Interpretación en el instrumento principal o voz, durante aproximadamente quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por el candidato.

Parte b) Análisis de una obra o fragmento propuesto por el tribunal.

Parte c) Realización de un trabajo armónico-contrapuntístico.
 

Pedagogía
Parte a) Interpretación en el instrumento principal o voz, durante aproximadamente quince minutos, de las obras que determine el tribunal de una relación presentada previamente por el candidato.

Parte b) Prueba vocal, a solo y en conjunto... descargar ejemplo [PDF]

Parte c) Composición de una pieza breve, de carácter didáctico, sobre una melodía o un texto propuesto por el tribunal. descargar ejemplo [PDF]

Parte d) Lectura a vista de una obra o fragmento musical, escrito para piano, propuesto por el tribunal. descargar ejemplo [PDF]

Prueba de acceso para mayores de 19 años (para quienes no tengan el título de Bachiller).

  1. La prueba de acceso para mayores de 19 años constara de dos partes, A y B:
    a. La parte A permitirá la valoración de la madurez del aspirante en relación con los objetivos del bachillerato. Se celebrara con anterioridad a la parte B y será común para todas las especialidades, teniendo carácter eliminatorio. se calificara con los términos "Apto" y "No Apto".
    b. La parte B se corresponde con la prueba especifica descrita en el punto tercero. Será calificada según se dispone en el punto cuarto. Se requerirá para su realización haber obtenido la calificación de "Apto" en la parte A. En caso contrario, el aspirante no podrá presentarse a ella.

  2. La parte A consistirá en el comentario por escrito de un texto académico, Iiterario o de actualidad propuesto por el tribunal, sobre el que habrá que realizar una síntesis, establecer una relación entre conceptos básicos y realizar un juicio personal, a fin de evaluar la madurez del aspirante, la comprensión de conceptos y la capacidad para relacionar y sintetizar. Una parte del texto, no mayor de treinta líneas, se ofrecerá en alemán, francés, ingles o italiano, a elección del aspirante, quien deberá traducir el fragmento haciendo uso del diccionario. EI aspirante dispondrá de tres horas para su realización.

Calendario de desarrollo de las pruebas de acceso.

Convocatoria de Junio
El plazo de solicitudes estará abierto del 24 de mayo al 11 de junio de 2010.
La pruebas se realizarán a partir del 16 de junio (fechas a concretar)


Convocatoria de Septiembre
El plazo de solicitudes estará abierto del 1 al 7 de septiembre de 2010.
Las pruebas se realizarán a partir del 8 de septiembre
(fechas a concretar)

Calificación de las pruebas de acceso, tribunales de las mismas y actas.

  1. La prueba especifica de acceso se calificara entre cero y diez puntos, con aproximación hasta las centésimas.

  2. Asimismo, la calificación de los diversos ejercicios de la prueba será numérica, expresada de cero a diez puntos, con un decimal. Los ejercicios no tienen carácter eliminatorio.

  3. La calificación global de la prueba será la media ponderada de las obtenidas en los ejercicios que la componen, conforme a los porcentajes establecidos en la tabla que sigue para las diversas especialidades. Se redondeara a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. Se exigirá como requisito para efectuar la media que el aspirante haya realizado todos los ejercicios que constituyen la prueba. En caso de no presentarse a algún ejercicio, o de abandonarlo sin concluir, se dará al aspirante por no presentado a la prueba especifica de acceso.

  4. La prueba especifica es eliminatoria a efectos del acceso a los estudios superiores de música y para superarla será necesario obtener una calificación final de 5 ó más puntos.

  5. La calificación final para el acceso a los estudios superiores de música, en el caso de quienes aleguen la posesión del titulo profesional de Música, será la suma del 40 por ciento de la nota media de las Enseñanzas Profesionales de Música y el 60 por ciento de la calificación global de la prueba especifica, siempre y cuando se haya obtenido una calificación mínima de 5 en esta. Quienes no la alcanzaran recibirán la calificación final de "No apto".

  6. La calificación final de la prueba, en el caso de quienes no aleguen la posesión del titulo profesional de Música, se corresponderá con la calificación global. Si esta fuera inferior a 5 se consignara como calificación final "No apto".

 Reclamaciones y recursos contra las calificaciones.

1. Contra la calificación otorgada en la prueba de acceso podrá reclamarse ante el director del conservatorio en el plazo de dos días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de las actas.

2. Recibida la reclamación, el director convocará de inmediato al correspondiente tribunal para que informe razonadamente sobre la reclamación en el plazo adicional de dos días hábiles.

A la vista del informe, el director resolverá sobre la reclamación y publicará su resolución en el tablón de anuncios del conservatorio el día hábil siguiente, haciendo constar la posibilidad de recurso que se indica en el punto siguiente.

3. Contra la resolución del director del conservatorio cabrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría Sectorial de Cultura y Enseñanzas Artísticas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la resolución del director en el tablón de anuncios.

En su caso, el recurso de alzada se presentará en el registro del conservatorio, debiendo éste remitirlo a la citada Secretaría Sectorial en el plazo de dos días hábiles.

No cabrá el recurso de alzada si no ha existido previamente reclamación ante el director del conservatorio.

La interposición del recurso de alzada, que agota la vía administrativa, no paralizará el procedimiento de adjudicación de plazas que resulte de las pruebas de acceso.

Oferta y adjudicación de plazas.

Formalización de la matrícula por los nuevos alumnos.

1. La relación de vacantes que resulte aprobada se publicará en el tablón de anuncios del conservatorio.

2. Sólo podrán optar a plaza en el conservatorio, con la limitación de las vacantes ofertadas por éste, los aspirantes cuya calificación en la prueba de acceso sea igual o superior a cinco puntos.

3. Las plazas vacantes en cada especialidad serán adjudicadas a los aspirantes según el orden de mayor a menor calificación global obtenida en la prueba de acceso, hasta agotar las vacantes o, en su caso, los aspirantes con calificación igual o superior a cinco puntos. Las listas de alumnos a los que se adjudique plaza en cada especialidad se publicarán en el tablón de anuncios del conservatorio.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Orden de la Consejería de Educación y Universidades de 22 de noviembre de 2001, cuando la demanda de plazas en una determinada especialidad sea superior a las vacantes disponibles, para la adjudicación de éstas se considerará prioritariamente a los aspirantes que hayan superado la prueba de acceso en el Conservatorio Superior de Música «Manuel Massotti Littel».

Sólo en el caso de que queden vacantes tras atender a éstos se podrá adjudicar plazas a quienes hayan superado la prueba de acceso en un centro distinto.

En cuanto a la admisión de traslados se procederá como sigue:

a) Traslados solicitados del 24 de mayo al 11 de junio: el Consejo Escolar, antes del 30 de junio, determinará según las solicitudes presentadas y las vacantes disponibles cuáles son admitidos.

b) Traslados solicitados del 1 al 20 de septiembre: sólo serán aceptados si existe plaza vacante en la especialidad una vez finalizada la matrícula del alumnado el 17 de septiembre. El Consejo Escolar procederá a la adjudicación de estas vacantes, si procediera, antes del 30 de septiembre.

Plazos de matrícula

Los nuevos alumnos deberán formalizar su matrícula en los plazos siguientes:

a) Aspirantes que obtengan plaza en la prueba de acceso de la convocatoria de junio:

  • Del 5 al 9 de julio de 2010, ambos inclusive

b) Aspirantes que obtengan plaza en la prueba de acceso de la convocatoria de septiembre:

  • Del 15 al 17 de septiembre de 2010, ambos inclusive

Los actuales alumnos del Conservatorio Superior de Música formalizarán su matrícula en los siguientes plazos:

a) alumnos que superen todas las asignaturas en la convocatoria de junio:

  • Del 30 de junio al 8 de julio de 2010, ambos inclusive.

b) alumnos que deban concurrir a la convocatoria de septiembre:

  • Del 6 al 10 de septiembre de 2010, ambos inclusive.

IMPORTANTE: La no formalización de la matrícula en los plazos señalados, conllevará la exclusión del nuevo alumno y su renuncia a la plaza que le haya sido adjudicada.

Este segundo plazo de matrícula se entiende sin perjuicio de la obligación que tienen los nuevos alumnos de incorporarse a las actividades lectivas si el calendario escolar para el curso 2010-2011 estableciera para el inicio de las mismas una fecha anterior al final de dicho plazo.

 

3. Condiciones para la matriculación y la permanencia en el centro

Los nuevos alumnos deberán formalizar su matrícula en los plazos que correspondan, según se trate de aspirantes admitidos en la convocatoria de junio o de septiembre, respectivamente. La no formalización de la matrícula conllevará la exclusión del nuevo alumno y su renuncia a la plaza que le haya sido adjudicada.

La primera matrícula en el primer curso de cualquier especialidad del grado superior se realizará en la totalidad de asignaturas que integran dicho curso.

Los alumnos de grado superior que no formalicen su matrícula para un determinado curso académico perderán la plaza que ocupen en el centro, con la salvedad que se indica en el punto siguiente. El eventual reingreso de estos alumnos podrá realizarse el año académico siguiente, sin nueva prueba de acceso y condicionado a que el centro disponga de vacantes en su especialidad; de no formalizarse el reingreso el año académico siguiente, será necesario realizar una nueva prueba de acceso al curso de grado superior que corresponda de acuerdo con los antecedentes académicos del alumno.

Se reservará plaza en el centro a los estudiantes que tengan previsto abandonarlo temporalmente para participar en programas internacionales de intercambio de estudiantes de duración igual o superior a tres meses y promovidos por instituciones de enseñanza superior, siempre que dicho abandono sea comunicado con antelación suficiente y que el Director del centro, oído el Departamento responsable de la correspondiente especialidad, conceda de forma expresa este beneficio. La citada reserva se concederá una sola vez, eximirá al estudiante de formalizar su matrícula para el curso académico en que se produzca su ausencia, suspenderá de forma temporal el cómputo de años de permanencia en el centro y será válida, exclusivamente, hasta el comienzo del curso siguiente al de participación en el programa de intercambio, perdiendo el alumno la plaza reservada si no formalizase su matrícula para dicho nuevo curso.

Será motivo de exclusión del centro la no superación de ninguna asignatura en las dos convocatorias de un mismo año académico.

4. Otros procedimientos de acceso

 

  1. Alumnos procedentes por traslado desde otro conservatorio y que tienen aprobados cursos completos o no. Se calculará la equivalencia de los créditos correspondientes a la carga lectiva asignada a cada curso.

Traslado de centro.
a. La presentación de la solicitud de traslado se efectuará en los siguientes plazos:

a. Del 24 de mayo al 11 de junio.
b. Del 1 al 20 de septiembre.

a. La solicitud se presentará en la secretaría del conservatorio, debiendo acompañarse de certificación académica del centro de origen en la que se expresen las asignaturas cursadas y las calificaciones obtenidas.

  1. Cambio de especialidad. El acceso a una nueva especialidad comportará la convalidación de las asignaturas ya superadas al realizar otra especialidad del grado superior de música.
     
  2. Estudios parciales. El Conservatorio Superior de Música de Murcia ofrece la posibilidad de cursar de forma parcial los currículos que establece esta Orden, siempre que existan vacantes disponibles en las asignaturas correspondientes. Los estudios que se realicen por esta vía no darán derecho, en ningún caso, a la obtención de título alguno, con independencia de que materias concretas cursadas durante los mismos y evaluadas conforme a lo establecido, puedan ser objeto de convalidación si se realizaran posteriormente estudios oficiales.

 
 

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