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El Grado Superior de Música LOGSE Fines y objetivos generales del grado superior de Música 1. En la Región de Murcia, las enseñanzas del grado superior de Música tienen por finalidad garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la creación, la interpretación, la investigación y la docencia en el ámbito de la Música, proporcionándoles una formación teórica, práctica y metodológica de calidad. 2. El currículo del grado superior de Música contribuirá al logro por los estudiantes de los siguientes objetivos generales:
Duración y valoración académica de las enseñanzas De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 39.1 de la Ley Orgánica 1/1990 y en el artículo 1 del Real Decreto 617/1995, el grado superior de las enseñanzas de Música comprenderá un solo ciclo, cuya duración será de cuatro cursos. A los efectos de este currículo, la unidad de valoración académica es el crédito, equivalente a diez horas lectivas. La carga académica total queda establecida en ciento ochenta y un créditos para las especialidades instrumentales, excepto Guitarra flamenca, en doscientos dos créditos y en doscientos cuarenta créditos para las especialidades no instrumentales. Titulación final En aplicación de lo que establece el artículo 42.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, los alumnos que superen el grado superior de estas enseñanzas tendrán derecho al Título Superior de Música, equivalente a todos los efectos al de Licenciado universitario, en el que constará la especialidad cursada.
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